Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2015-S1
Fecha: 14-Sep-2015
II.1.
II.1. El 8 de agosto de 2013, el Fiscal de Materia Lider Justiniano Velasco, hace conocer al “Juez de Turno del Juzgado Mixto del Centro Integrado de Justicia de la Localidad de Yapacani” el inicio de investigación contra Marcial Orellana por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado (fs. 59).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- estos hechos controvertidos que evidentemente vulneran los derechos fundamentales y garantías constitucionales de mi esposo (Marcial Orelllana) están plasmados literalmente en el cuadernillo de investigación y cuaderno procesal
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ;
- III.2.
- III.3. La aprehensión por declaratoria de rebeldía
- La declaratoria de rebeldía procede cuando el imputado no comparece sin causa justificada ante la autoridad jurisdiccional, pese a que fue legalmente citado, pudiendo dicha autoridad dejar sin efecto la misma, una vez que el rebelde comparezca; ello implica que, la finalidad del mandamiento de aprehensión emitido ante la incomparecencia del imputado, es aprehender al rebelde y llevarlo ante la autoridad judicial para que ésta defina su situación jurídica”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR