SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2015-S3
Fecha: 02-Sep-2015
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Luis Antonio Revilla Herrero, ex Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz -actualmente en ejercicio del cargo-, mediante informe escrito presentado el 11 de febrero de 2015, cursante a fs. 390 y vta., señaló que ejerció el referido cargo hasta el 26 de diciembre de 2014, extremo que fue de conocimiento público; toda vez que, para habilitarse a las contiendas electorales tuvo que presentar su renuncia; por lo que, el accionante a la fecha de la interposición de la presente acción tutelar, conocía plenamente que él ya no ejercía el cargo de Alcalde; por lo tanto, consideró como un “exceso” el haber sido demandado; asimismo, sugirió que se debería citar a las actuales autoridades municipales que ejercen la representación institucional.
Carla Caviedes Rodríguez, ex Autoridad Sumariante del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por informe escrito presentado el 11 de febrero de 2015, cursante a fs. 387 y vta., manifestó que por Resolución Ejecutiva 006/2015 de 9 de enero, Omar Oscar Rocha Rojo, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, designó a Dennis Álvaro Albornoz Monroy, como “nueva” Autoridad Sumariante; por lo que, solicitó que se cite a las actuales autoridades municipales, y añadió, que si bien emitió las Resoluciones ahora impugnadas, lo hizo en razón del cargo; por ello, tales actuaciones no son de carácter personal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de los servidores públicos que dejaron la titularidad del cargo
- momento de considerar la legitimación pasiva de autoridades públicas en razón a cambios continuos de la administración pública es posible demandar contra el cargo o la función pública en cuyo ejercicio pudieron cometerse los actos violatorios denunciados,
- teniendo legitimación pasiva la autoridad que actualmente ostenta el cargo del cual devino el cuestionado acto ilegal u omisión indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR