SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0843/2015-S3

Fecha: 02-Sep-2015

III.1.  Legitimación pasiva de los servidores públicos que dejaron la  titularidad del cargo

La uniforme jurisprudencia constitucional, estableció que si bien, por regla general, el accionante debe dirigir la acción contra el funcionario o autoridad que ostente el cargo; sin embargo, de manera excepcional, es permitido demandar a la ex autoridad. En ese sentido se manifestó la SCP 0134/2012 de 4 de mayo, que refirió lo siguiente: “…1.Conforme lo establecido por la SC 0264/2004-R, es posible el planteamiento de la demanda contra la actual autoridad; es decir, la que se encuentra actualmente en el ejercicio del cargo, pero sólo a efectos de una responsabilidad institucional y no así de una de carácter personal, esto porque en esencia a través de la acción de amparo constitucional se busca la protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales y la declaración de responsabilidad constitucional se constituye en una consecuencia de la otorgación de la tutela.