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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2015-S1

    Fecha: 14-Sep-2015

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad, fines y alcance
    • Fragmento 11
    • III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad.
    • se debe hacer referencia al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.3.  Legitimación pasiva de funcionarios subalternos del Órgano Judicial
    • el personal subalterno, que cumple funciones en los juzgados de la jurisdicción ordinaria, no tienen legitimación pasiva para ser demandados en acciones tutelares, es decir, sus actuaciones y desenvolvimiento de su trabajo encomendado, se encuentran subordinadas a las órdenes del juez que imparte justicia, salvo en los casos que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales”
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 17

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