SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2015-S1

Fecha: 14-Sep-2015

a)

a) Conforme la SC 0829/2014-R de 30 de abril, el recurso de acción de libertad debe tener coincidencia con los hechos suscitados, en el caso presente el recurso no se adecuó a los hechos; y, b) La acción de liberad no es subsidiaria, empero tiene sub reglas aplicables, el abogado de los accionantes anunció en audiencia cautelar la interposición del recurso de apelación mismo que no fue interpuesto.