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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2015-S1

    Fecha: 22-Sep-2015

    II.3.

    II.3. El 4 de febrero de 2015, mediante memorial Carlos Herbas Encinas y Felicidad Herbas Encinas de Meneses, solicitaron ante la Jueza demandada, se deje sin efecto la multa impuesta a su abogada patrocinante, misma que mereció el decreto de 5 del mismo mes y año que dispuso “Estese a lo determinado en audiencia celebrado el 3 de febrero de 2015, en las dependencias de la FELCC de la ciudad de Cochabamba” (sic) (fs. 78 y vlta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 10
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.De la acción de amparo constitucional
    • terceras personas que tengan interés legítimo
    • Petición
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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