SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso, al trabajo, a la “seguridad jurídica”, al juez imparcial y a la igualdad procesal, por cuanto la autoridad judicial demandada, impuso una sanción desproporcionada a su abogada por la inasistencia a la audiencia conclusiva de 3 de febrero de 2015, sin considerar que fue la primera vez y no actuar de igual forma con los demás actores en el proceso penal seguido por Ministerio Público a querella del INRA Cochabamba, contra Felicidad Herbas Encinas de Meneses, Carlos, Luis y Cristina todos Herbas Encinas por la presunta comisión de los delitos de instigación pública a delinquir, desobediencia a la autoridad, estafa y estelionato.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- terceras personas que tengan interés legítimo
- Petición
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR