Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2015-S3
Fecha: 07-Sep-2015
a)
Solicita se conceda la tutela, ordenando a la autoridad demandada que: a) Deje sin efecto la reapertura de la acción penal en su contra, “…dejando abierta esta posibilidad cuando se presenten nuevas circunstancias que hagan variar su decisión de dicha autoridad…” (sic); y, b) Recomendar a la Fiscal de Materia demandada, que en el futuro proceda conforme a ley para evitar actuaciones indebidas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR