SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S3

Fecha: 07-Sep-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 20 de febrero de 2015 a horas 17:30 aproximadamente, en inmediaciones del Kilómetro 55 de la carretera La Paz-Cochabamba, se produjo un hecho de tránsito denominado “triple coalición”, en el que Julia Choque Sánchez de sesenta y ocho años -su madre-, sufrió lesiones de gravedad, siendo trasladada a la Clínica María de los Ángeles S.R.L.; asimismo, la empresa “Mopar”, tramitó el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), que debía proceder a la cobertura de gastos médicos que se erogarían para la atención de su madre, quien el 24 del mes y año señalados, llegó a fallecer en dicha Clínica.

Asimismo, con otros familiares se apersonó a retirar el cuerpo de su madre para la autopsia de ley y posterior traslado a Patacamaya para su sepultura; sin embargo, recibió la negativa de parte de la administración de la Clínica, por no cancelar el monto total por concepto de gastos médicos; pese a encontrarse ya fallecida y no siendo responsables del accidente de tránsito ocurrido, debiendo la clínica iniciar las acciones legales contra los autores; más aún, al no poder cubrir los elevados gastos por los escasos recursos económicos con los que cuenta; situación que se encuentra prevista en un caso similar en la SCP 2007/2013 de 13 de noviembre.