SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2015-S3

Fecha: 07-Sep-2015

improbada

El Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 01/2015 de 25 de febrero, cursante de fs. 45 a 46, declaró “improbada” la acción constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) Se registra manifestación de la parte accionante, en sentido que la Clínica María de los Ángeles S.R.L., dio curso a la restitución de las garantías constitucionales de la difunta Julia Choque Sánchez; misma que es refrendada con prueba y aceptada por el abogado de la accionante con el consiguiente retiro de la acción; y, 2) Siendo la acción de libertad restauradora de derechos y garantías constitucionales, y habiéndose dado cumplimiento con la restitución de la difunta -conforme se tiene de la certificación de entrega de 25 de febrero de 2015-, corresponde denegar la tutela solicitada.