SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

II.1.

II.1. Consta acta de audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares celebrada el 11 de marzo de 2015 a horas 16:00, con la habilitación de horas extraordinarias, en la que se declaró infundados los incidentes planteados por las partes y en consecuencia su rechazo in limine (fs. 30 a 40); continuándose la audiencia y una vez valoradas las pruebas ofrecidas, se pronunció el Auto de Vista 132/2015 de 11 de marzo, disponiendo la detención preventiva de Diego Andrés Pinto Peña  -ahora accionante- y otros, por lo que se planteó el recurso de complementación y enmienda, el cual fue rechazado. Luego, la defensa de uno de los coimputados -Alberto Calderón Avalos- formuló recurso de apelación, siendo el mismo admitido por Livia Santa Alarcón Aranda, Jueza Decimotercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz -ahora demandada-. (fs. 40 a 63).