SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2015-S3

Fecha: 17-Sep-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

           El accionante señaló en su demanda de acción de libertad que pese a que cumplió con las reglas impuestas en la Sentencia 16/2015 -la cual le beneficio con la suspensión condicional de la pena- la autoridad demandada no emitió a su favor mandamiento de libertad, por cuanto le estaría obligando a cambiar de domicilio; y consecuentemente, a efectuar una verificación del mismo, sin tomar en cuenta que ya se encuentra fijado, constando en antecedentes un verificativo efectuado por funcionarios policiales, por lo que alega estar indebidamente detenido y privado de su libertad.

           Ahora bien, identificado el objeto procesal, este Tribunal advierte que el accionante pretende que a través de esta acción tutelar se modifique la primera regla determinada por la Sentencia 16/2015, la cual textualmente expresa: “…señalar su nuevo domicilio real, el cual será verificado por el Oficial de diligencias del Juzgado, mismo que no puede cambiar sin la autorización de la autoridad jurisdiccional” (sic); consecuentemente, se extienda mandamiento de libertad a su favor; por cuanto, conforme señala el accionante, dentro del proceso de investigación ya se hizo la verificación a su domicilio -mismo que consta en obrados-, por lo que al estar señalado el mismo refiere que estarían cumplidas las tres reglas impuestas, denunciando así encontrarse detenido ilegalmente en el Recinto Penitenciario “San Pedro” de La Paz.