SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0902/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

1)

Seider Emilio Vaca, en su calidad de Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba del departamento de Tarija, mediante memorial cursante de fs. 1033 a 1035, señaló que: 1) El Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, mediante Ordenanza Municipal (OM) 160/2008, tramitó la expropiación de dos lotes que fueron transferidos a través de Escritura Pública 909/2010 y debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), y en virtud a ese derecho propietario es que el proceso de usucapión tramitado por la ahora accionante fue objeto de incidente de pleno derecho; 2) Los bienes del Estado y de las entidades públicas, constituyen propiedad del pueblo boliviano, siendo las mismas inviolables, inembargables e imprescriptibles; 3) La presente acción de amparo constitucional, habría sido presentada en contra del Auto interlocutorio 74/2014, el cual resuelve el incidente de nulidad de notificación con el Auto de Vista 151/2012, siendo que la ahora accionante en todo momento tuvo conocimiento del Auto de Vista señalado y que fue notificado conforme a ley; es decir, con la participación del Oficial de Diligencias y testigos de actuación; y, 4) Siendo los plazos improrrogables, no pueden ampliarse y si el recurso se plantea fuera de término, la resolución adquiere calidad de cosa juzgada, motivo por el cual solicita se deniegue la tutela.