SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2015-S1

Fecha: 29-Sep-2015

I.2.3. Intervención de la tercera interesada

La tercera interesada en audiencia a través de su abogado Fernando Leyton, señaló que en el proceso voluntario no hay la figura de demandado, por lo que no estaba de acuerdo con una división voluntaria de bienes pues existían deudas y otros herederos que querían realizar una división. Los vocales demandados manifestaron que dicha causa se hubiera ordinarizado; por ello pidió que se deniegue la tutela y se le corra traslado de la demanda para poder defenderse y seguir con el procedimiento de un proceso ordinario.