Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2015-S3
Fecha: 17-Sep-2015
II.3
II.3. Cursa informe presentado por el Secretario del Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, dirigido al Juez demandado, y del informe presentado por la citada autoridad dentro de la presente acción de defensa; se tiene que, la audiencia convocada para el 17 de marzo de 2014, fue suspendida al no haberse notificado correctamente al representante del Ministerio Público, toda vez que esa diligencia fue realizada a otro Fiscal, suspendiéndose la audiencia con el objeto de evitar nulidades posteriores (fs. 31 y 32 vta.).