SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0931/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0931/2015-S2

Fecha: 23-Sep-2015

III.1

La SCP 1358/2014 de 7 de julio, con relación al debido proceso y su protección por medio de la acción de libertad señaló: “Con relación a los alcances de protección que brinda esta acción tutelar, la SC 0199/2010-R de 24 de mayo, reiterando lo previsto por la SC 0160/2005-R, refirió lo siguiente: ‘No obstante, la naturaleza de esta acción tutelar, al constituirse en un mecanismo de protección contra las lesiones al derecho a la libertad, y medio eficaz e inmediato reparador de ese derecho; empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida’.