SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0931/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0931/2015-S2

Fecha: 23-Sep-2015

III.2.  La prohibición de activación ulterior de acciones de libertad con identidad de objeto, sujetos y causa

La SCP 0038/2012 de 26 de marzo, respecto de la activación ulterior de acciones de libertad con identidad de objeto sujetos y causa expresó: “Prima facie, a la luz de la presente problemática, debe señalarse que el Estado Plurinacional de Bolivia, a través de la Constitución Política del Estado aprobada por Referendo Constitucional el año 2009, adoptó un sistema plural de control de constitucionalidad, reconociendo un ámbito específico de control tutelar destinado a la defensa pronta y oportuna de derechos fundamentales, en ese contexto, la acción de libertad disciplinada en el artículo 125 de la CPE, es un mecanismo de defensa eficaz e idóneo para la tutela de los derechos a la vida, a la libertad física o de locomoción; asimismo, constituye un mecanismo de defensa frente a procesamientos indebidos y persecuciones ilegales vinculados con el derecho a la libertad.