SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0940/2015-S2

Fecha: 23-Sep-2015

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de Oruro, mediante Resolución 02/2015 de 18 de marzo, cursante de fs. 24 a 26, denegó la tutela solicitada argumentando que: i) Del análisis de los antecedentes se tiene que a raíz de la imputación formal de 9 de febrero de 2015, se fijó una primera audiencia de aplicación de medidas cautelares, la cual fue suspendida por inconcurrencia del imputado; razón por la cual, se señaló una segunda que se celebró el 13 de marzo de igual año, acto en el que la autoridad judicial demandada determinó la detención preventiva del accionante, que le fue notificada el 16 de igual mes y año, solicitando se fije audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, la cual fue programada para el 23 del indicado mes y año; y, ii) La SCP 1458/2013 de 19 de agosto, establece que cuando existan medios de impugnación específicos e idóneos para restituir el derecho a libertad en forma inmediata, se deben hacer uso de esos mecanismos, previamente a activar esta acción de defensa, además que la jurisprudencia constitucional determinó que no se puede activar en forma paralela dos jurisdicciones; vale decir, la ordinaria y la constitucional, lo que ocurrió en el caso de autos ya que el hoy accionante solicitó el señalamiento de audiencia de cesación a la detención preventiva y acudió a la justicia constitucional a través de esta acción de defensa, lo que imposibilita ingresara a analizar el fondo de la acción patentada.