AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2016-RCA

Fecha: 20-Ene-2016

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

La entidad accionante a través de su representante considera como lesionados sus derechos, a la estabilidad laboral, a la seguridad social, a la propiedad privada, a la igualdad, a la indemnización, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a   la vida citando al efecto los arts. 13, 14, 15, 25, 46.I, 47, 48.I.III y IV, 49.III, 56.I y II, 109, 113, 115.II, 116.I. 117.I, 119, “122”, 232, 308 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).