AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0009/2016-RCA

Fecha: 27-Ene-2016

II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión

En ese sentido, de la revisión del expediente este Tribunal Constitucional Plurinacional, constató que en el memorial de demanda no cursa el petitorio de la acción de amparo constitucional, en tal razón, conforme la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional, ante el incumplimiento por parte del accionante, respecto a uno o más requisitos para la presentación de la acción de amparo constitucional, en este caso la formulación de un petitorio claro y preciso, correspondía que el Tribunal de garantías, disponga la subsanación, en el plazo de tres días a partir de su notificación; una vez, cumplido el mismo y si la observación u observaciones efectuadas no hubieran sido subsanadas, tener por no presentada la acción.