DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016
Fecha: 07-Ene-2016
I.2. Saberes y conocimientos para resolver conflictos en el vivir bien
Los inkas para transitar por el “qhapaq ñan” (camino o vida noble) y convivir con la comunidad de la naturaleza y la comunidad de las deidades construyeron “kamachikuna” (principios y valores) que permitían alcanzar el “sumaq kawsay” (vivir bien) que persigue la conservación y reproducción de la vida (Conamaq, 2010: 47).
El “ama qhilla, ama llulla y ama suwa” (no seas flojo, no seas mentiroso y no seas ladrón) son los “kamachikuna” (principios y valores) rectores que cualquier ayllu menor o mayor asumían, pero también la comunidad a partir del “yanantin” (persona) que asume para enseñar a sus hijos a transitar por el camino noble acompañado del “napaykuy” (respetar), “khuyapayay” (solidaridad), “yanapay” (ayudar), “ayni” (reciprocidad), “mink’a” (trabajo reciproco), “tukuy” (todos), “nuqanchis” (nosotros incluyente), etc. La transgresión de cualquiera de estos principios trae problemas para la comunidad; consiguientemente, se tiene que reparar la transgresión al “kamachi” para volver al “qhapaq ñan” (camino o vida noble) (Conamaq, 2010: 47).
En este entendido, el art. 3 del estatuto interno de la comunidad Tájra Pankuruma señala que: “Son principios que asume y promueve la comunidad el ama suwa, ama quilla, ama llulla y ama llunku”; asimismo, a fs. 29, establece como principios la igualdad, la libertad, la solidaridad, la concertación, la transparencia, la legalidad, la jerarquía y la democracia.
- RESUMEN
- I.1. Cosmovisión e idioma
- I.2. Saberes y conocimientos para resolver conflictos en el vivir bien
- I.3. Economía y producción
- I.4. Territorio y estructura de autoridades
- II.1. Descripción de los hechos
- reglamento de sanciones y procedimientos en contra de loteadores, usurpadores de tierra territorio y recursos naturales,
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Identificada la norma objeto de la consulta aplicable a un caso concreto, habrá que plantearse si se trata de una cuestión de carácter jurisdiccional
- alcanza o abarca sólo a la norma oral o escrita objeto de consulta por la autoridad indígena originaria campesina
- cuando menos contendrá
- III. RESPONDIENDO A LA CONSULTA SOBRE LA APLICACIÓN DE SU NORMA A UN CASO CONCRETO