DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016
Fecha: 07-Ene-2016
III. RESPONDIENDO A LA CONSULTA SOBRE LA APLICACIÓN DE SU NORMA A UN CASO CONCRETO
Con relación a la legitimidad de las autoridades consultantes, se establece que Claudio Zenteno Quito, presidente de la organización social “Comunidad T’ajra Pankuruma” y Cecilio Zenteno Quito, presidente de la “Asociación Agropecuaria Ecológica T’ajra”, ambos fueron elegidos en reunión de la comunidad, conforme a sus normas y procedimientos.
En la norma sujeto a consulta -reglamento de sanciones y procedimientos- establecen el desconocimiento y la anulación de derechos agrarios de usurpadores y loteadores de tierras y territorio ancestral indígena originario; por otra parte, ordenan a Derechos Reales, la Inscripción de propiedades agrarias, atribuciones que no son propias de la jurisdicción IOC.
Otra causal que impide realizar el control constitucional, es el incumplimiento normativo establecido en el art. 202 inc. 8 de la CPE y art. 131.II del CPCo, donde las autoridades originarias consultantes, tengan conocimiento de un caso concreto suscitado en su NPIOC; en el presente caso, no se evidencia que dichas autoridades tengan o hayan tenido conocimiento de un caso concreto.
Por otro lado, si bien el Código Procesal Constitucional, no prevé como una de las formas de resolución la declaratoria de improcedencia cuando no sea posible efectuar el control de constitucionalidad; empero, es innegable que cuando la consulta realizada, no tenga relación con el objeto y la naturaleza jurídica de dicho mecanismo legal, corresponde declarar la improcedencia.
En relación al problema suscitado sobre el aprovechamiento de los recursos naturales, se exhorta a las autoridades del municipio de Sipe Sipe, buscar una solución ecuánime y armoniosa de manera que los beneficios obtenidos por el aprovechamiento comercial de los recursos naturales (agregados) existentes en la zona, beneficien al conjunto de las comunidades; y además se utilicen mecanismos que permitan promover la sostenibilidad y sustentabilidad del medio ambiente.
- RESUMEN
- I.1. Cosmovisión e idioma
- I.2. Saberes y conocimientos para resolver conflictos en el vivir bien
- I.3. Economía y producción
- I.4. Territorio y estructura de autoridades
- II.1. Descripción de los hechos
- reglamento de sanciones y procedimientos en contra de loteadores, usurpadores de tierra territorio y recursos naturales,
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Identificada la norma objeto de la consulta aplicable a un caso concreto, habrá que plantearse si se trata de una cuestión de carácter jurisdiccional
- alcanza o abarca sólo a la norma oral o escrita objeto de consulta por la autoridad indígena originaria campesina
- cuando menos contendrá
- III. RESPONDIENDO A LA CONSULTA SOBRE LA APLICACIÓN DE SU NORMA A UN CASO CONCRETO