SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2016
Fecha: 14-Ene-2016
I.1 Contenido de la acción
Por memorial presentado el 27 de febrero de 2015, cursante de fs. 719 a 730, Carlos Perfecto Quispe Ramos, menciono que dentro del "proceso disciplinario policial" seguido en su contra, interpuso la presente acción de inconstitucionalidad concreta, alegando que el 25 de noviembre de 2014, a denuncia de Isabel Yana Roque, de nacionalidad Peruana; misma que supuestamente habría sufrido un asalto en las inmediaciones de la º“zona de Munaypata”, por cuatro personas quienes serían posibles funcionarios policiales, que le hubiesen sustraído la suma de $us27 000.- (veintisiete mil dólares estadounidenses), motivo por el que luego de las investigaciones fue detenido el 26 de noviembre del referido año en su fuente laboral de "Seguridad del Banco FIE agencia Calatayud" (sic); posteriormente, imputado mediante “Resolución Fiscal 05/14” por la supuesta comisión de los delitos de robo agravado y asociación delictuosa; asimismo, por “Resolución 724/2014” extendida del “Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal”, se dispuso su detención preventiva en el "Penal de San Pedro" (sic).
Señaló que a denuncia de oficio del Fiscal Policial, Ronald Rafael Zola Rojas, el Comando Departamental de la Policía Boliviana de La Paz, por Resolución Administrativa (RA) 045/2014 de 4 de diciembre, inició "proceso administrativo disciplinario policial", siendo suspendido indefinidamente de su cargo, donde trabajó por más de catorce años, sin goce de haberes, en aplicación de la Disposición Adicional Primera de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; no obstante, a que el informe del funcionario policial José Luis López Sillerico, manifestó que la aprehensión fue con fines investigativos.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1 Contenido de la acción
- retiro o baja definitiva de la institución sin derecho a reincorporación, sin perjuicio de la acción penal cuando corresponda
- Se dictará Resolución Sancionatoria cuando la prueba aportada sea suficiente para generar en el Tribunal la plena convicción sobre la responsabilidad disciplinaria de la procesada o el procesado
- rechazo
- revocó
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- PRIMERA. (SUSPENSIÓN INDEFINIDA).
- Artículo 48.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- III.2.
- es decir, no se establece la forma en la que la norma impugnada vulneraría el derecho a la defensa, por lo que no corresponde su análisis sino emitir un fallo inhibitorio
- IMPROCEDENTE