SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2016-S1
Fecha: 07-Ene-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso Penal seguido por ENTEL S.A. contra Jorge Chura Mamani, Víctor Mamani Mamani, Edgar Chura Mamani, David Rodolfo Vásquez Mamani, Ricardo Tapia Arcani, Luis Chura Alarcón y Bernardo Chura Mamani, por la presunta comisión de los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y riqueza nacional, privación de libertad, amenazas e impedir o estorbar el ejercicio de funciones, signado con el caso 14863/2013; el Fiscal de materia asignado al caso emitió el 18 de julio de 2014, un Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento a favor de los referidos, por un fallo incongruente y ausente de fundamentación, al indicar la inexistencia de elementos suficientes para fundar una acusación, mismo que a pesar de ser apelado por su persona fue confirmado, por Resolución FDLP-JAPR/S 333/2014 de 14 de noviembre, pronunciada sin la debida fundamentación y congruencia, desconociendo que la causa fue iniciada el 29 de noviembre de 2013, mediante acción directa, al haberse encontrado a los denunciados en flagrancia a momento de la comisión de los ilícitos referidos, vulnerando así sus derechos y garantías constitucionales, omitiendo pronunciarse sobre todos los puntos impugnados, en oposición a lo establecido en el art. 73 del Código de Procedimiento Penal (CPP), al privarle del acceso a la justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho al debido proceso, en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- presunción de inocencia
- a) Debe determinar con claridad los hechos atribuidos a las partes procesales, b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes, c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales, e) Debe valorar de manera concreta y explícita todos y cada uno de los medios probatorios producidos, asignándoles un valor probatorio específico a cada uno de ellos de forma motivada, f) Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad antes señalado
- i)
- CONFIRMAR