SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

i)

La parte demandada a través de su representante legal, en audiencia refirió que: i) El personal que se contrata en la “Planta Experimental” tiene contratos a plazo fijo, al igual que en todas las plantas pilotos, desde las Direcciones hasta los obreros; ii) No se vulneró ningún derecho de la accionante, lo único que se hizo es dar cumplimiento a la desvinculación de su contrato, al haber esté expirado, el 30 de junio de 2015, aspecto que conocían las partes desde un principio; iii) Al ser un proyecto el lugar donde trabajaba la ahora accionante y no una empresa, no se sabe si este proyecto va a seguir o no; iv) La impetrante de tutela no tiene un buen desempeño en el trabajo, además de que no cumplía con el perfil profesional para el cargo que desempeñaba; v) El art. 5.II del Decreto Supremo (DS) 012 de 19 de febrero de 2009, reglamenta de forma taxativa la estabilidad laboral de la madre y padre progenitores, que trabajen en el sector público y privado, refiriendo que la inamovilidad, no se aplicará en contratos laborales que por su naturaleza sean temporales, eventuales o en los de obra; y, vi) Los contratos que se realizaron con la accionante, efectivamente son varios; empero, en diferentes funciones.