Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.4.1.
II.4.1. El 7 de mayo de 2015, Walter Méndez Vargas, Fernando Ulloa Villagómez y Juan José Gutiérrez Olivera, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal de Puerto Suárez -ahora demandados-, por proveído de igual fecha y año, con el objeto de considerar la solicitud de mandamiento de libertad efectuado por el hoy accionante dispusieron correr traslado al Ministerio Público y a la denunciante (fs. 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.4.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- no corresponde la deducción de otro recurso extraordinario, sino, que se debe acudir al Tribunal que conoció el recurso y que dio origen a la Sentencia, que será ante el cual se solicitará se haga cumplir el fallo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- lo dispuesto en la Resolución 04/2014 de 17 de junio
- REVOCAR