SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 56 de 18 de agosto de 2015, cursante de fs. 503 a 507 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Los adolescentes fueron sometidos a un proceso especial ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia, ya que cuando se presentan infracciones que hacen a la vulneración de alguna norma, su juzgamiento es ante la autoridad mencionada; b) El art. 226 del CNNA, establece el plazo de cuatro años, para iniciar una acción penal, cuando se presentan menores involucrados como presuntos autores del hecho; c) Con relación a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, estaba en discusión desde cuándo se debió computar el plazo de los tres años, y a la luz de los datos del proceso y los actuados procesales efectivamente operó la prescripción; y, d) La Sala Penal Primera del Tribunal señalado, al momento de emitir el Auto de Vista de 25 de septiembre de 2014, consideró los aspectos que hacen a la conclusión extraordinaria de los procesos especiales, a los cuales fueron sometidos los menores de edad, consecuentemente, no se evidenció vulneración a los derechos y garantías constitucionales alegados por la accionante.