SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

i)

Piero Antonio Bazzoli Grisolia y Jorge Andrés Castedo Vaca Pereira, a través de su abogado, refirieron que: i) El proceso se dilató por culpa de la víctima que cambio de abogados constantemente, siendo que el hecho sucedió el 24 de octubre de 2008, y fue un solo proceso, tanto para mayores como para los menores de edad; ii) Si en un primer momento, no se les incluyó no fue culpa de los adolescentes; iii) Para el cómputo de la prescripción, se debió contar desde que sucedió el hecho vale decir desde el 24 de octubre de 2008, el Código Niño, Niña y Adolescente habla de cuatro años, y la parte accionante tuvo desde el 2008, para poder accionar contra los ahora terceros interesados; y, iv) El cómputo comienza desde la media noche de que sucedieron los hechos y no desde la ampliación, como equivocadamente se aseveró.