SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2016-S1

Fecha: 07-Ene-2016

denegó

La Jueza Séptima de Sentencia Penal del departamento de La Paz, mediante Resolución 55/2015 de 9 de septiembre, cursante de fs. 29 a 36 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes argumentos: i) El Juez demandado no conoció sobre la recusación presentada por el accionante, en esa circunstancia en la audiencia de 7 de septiembre de 2015, ante la inconcurrencia del imputado emitió la Resolución 517/2015, declarándole rebelde y como consecuencia de ello emitió el mandamiento de aprehensión. Al respecto, el accionante cuenta con una persona idónea que lo patrocina y tuvo conocimiento del proceso judicial en su contra, de donde se deduce que no se encontraba en absoluto estado de indefensión; asimismo, le correspondía ejercer su derecho de impugnación sobre los supuestos actos lesivos que denunció mediante la presente acción, por lo que corresponde la aplicación del principio de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad; además, antes de activar la acción de defensa, debió acudir a la jurisdicción ordinaria y comparecer ante la autoridad jurisdiccional en aplicación del art. 91 del CPP; y, ii) Sobre la intervención del personal subalterno, invocó la SCP 0738/2012 de 13 de agosto, refiriendo que dicho personal carece de legitimación pasiva, por cuanto no ejercen facultades jurisdiccionales, salvo que incurrieran en excesos. El Juez demandado demandado en su informe refiere que el 7 del señalado mes y año a horas 17:00, recién conoció el memorial de recusación; sobre ese aspecto le corresponde al Juez imprimir el trámite de denuncia contra la mencionada funcionaria judicial.