Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 62 de 12 de agosto de 2014, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el accionante, y en consecuencia confirmó la Sentencia apelada pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo (fs. 169 a 178).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- a)
- Fragmento 14
- CONFIRMAR