SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

concedió

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 11 de septiembre de 2015, cursante de fs. 60 a 61 vta., concedió la tutela impetrada; disponiendo que las autoridades demandadas fundamenten sus decisiones y acrediten la necesidad, utilidad legal y constitucional de mantener alguna medida cautelar dispuesta como emergencia y aplicable al juicio de reenvió, al que hace referencia las providencias de 20 de agosto y 4 de septiembre ambos de 2015 las cuales motivaron la presente acción, bajo los siguientes fundamentos: 1) El perdón judicial es una política criminal que utiliza el sistema penal acusatorio boliviano, encaminado a evitar el hacinamiento carcelario; 2) La declaratoria de rebeldía y arraigo no tienen efecto cuando se cumplió la finalidad para la que fueron impuestos, en el caso de autos, los accionantes al haberse sometido al proceso dentro del cual fueron beneficiados con el perdón judicial y hallarse aún sometidos a dichas medidas están siendo afectados en su libertad de forma evidente; 3) Tanto del informe como de las Resoluciones emanadas por los Jueces demandados, se puede advertir la total falta de fundamentación jurídica que motive la vigencia, necesidad o utilidad  de mantener las medidas cautelares contra los accionantes, hecho que afecta derechos y garantías de los mismos; y, 4) El hecho que el juicio de reenvió se encuentre en apelación no posibilita afectar derechos y garantías, debido a que toda resolución debe ser fundamentada y motivada.