SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2016-S1

Fecha: 14-Ene-2016

III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado

Al respecto la SCP 0496/2012 de 6 de julio, se expresó de la siguiente       manera: “Bolivia es un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que sustenta, entre otros valores, la dignidad y la libertad de las personas, tal como establece el art. 8 de la Constitución Política del Estado (CPE); además que, en su art. 22, expresamente establece que `La dignidad y la libertad de la persona son inviolables´ y `Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado´.

Si bien estos enunciados hacen referencia a la libertad, lo hace en su acepción más general, como expresión normativa del valor libertad, lo cual supone, para cada individuo o colectividad, la posibilidad de actuar de forma autónoma como partícipe en la sociedad, en todos sus ámbitos posibles y, en general, exenta de todo tipo de restricciones, salvo las establecidas en el sistema normativo constitucional.