Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.2.
II.2. En el proceso contencioso de división y partición de cuotas restantes de bienes hereditarios y venta forzosa iniciado por la accionante contra los terceros interesados, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz por Auto 185/14 de 4 de julio de 2014, anuló obrados hasta “fs. 167” inhibiéndose de conocer la demanda, ordenando la remisión del expediente a la Jueza Séptima de Instrucción en lo Civil del citado departamento (fs. 7 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- subsidiario porque no es posible utilizarlo si es que previamente no se agotó la vía ordinaria de defensa
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- CONFIRMAR