SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2016-S1

Fecha: 29-Ene-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro el proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de estafa, con el argumento de que supuestamente no habría cumplido como abogado defensor en sacar libre al esposo de la señora María Elva Zambrano Cruz del Recinto Penitenciario de Villa Busch, ante esta situación encontrándose el caso en etapa preparatoria interpuso excepción de incompetencia en razón a la materia, ya que dicha acción penal no debería ser resuelta por la vía penal, sino por la civil, por constituirse en un contrato de prestación de servicios jurídicos.

Interpuesta la excepción de incompetencia, conforme señala la norma Adjetiva Penal en su art. 314, la autoridad jurisdiccional de primera instancia corrió en traslado y en audiencia pública rechazó la misma; impugnó dentro del plazo previsto por ley; sin embargo, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Resolución de 17 de agosto de 2015, falló declarando inadmisible el recurso interpuesto por haber sido supuestamente presentado de manera extemporánea, basado en que el plazo para presentar la apelación corría desde el momento de la notificación en audiencia que se efectuó con la resolución de dicha excepción a las partes.