Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
II.1.
II.1. Consta Auto de 2 de octubre de 2014, pronunciado por el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, disponiendo “…la nulidad de obrados inclusive hasta el acta de elección de presidente de 07 de marzo del año 2014, y se dispone la remisión del presente proceso al juzgado de origen Juzgado de Instrucción Penal y Liquidador de esta jurisdicción… ” (sic) (fs. 70 a 71).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.2.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- CONFIRMAR