SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima como vulnerados sus derechos a la defensa, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, motivación y congruencia, a la impugnación y los principios de seguridad jurídica, de aplicación de la ley y de legalidad, toda vez que los Vocales demandados sin la debida fundamentación, motivación y congruencia emitieron el Auto de Vista 035 de 30 de marzo de 2015, declarando inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y sin previa pronunciación sobre el fondo rechazaron el mismo, con el argumento que dicha impugnación era atípica al no estar prevista en el art. 403 del CPP, desconociendo la jurisprudencia constitucional que permite la recurribilidad de las resoluciones que resuelven incidentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.2.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- CONFIRMAR