Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0296/2016-RCA
Fecha: 11-Oct-2016
I.2.
La entidad accionante por medio de su representante considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos motivación, fundamentación y congruencia, a la defensa, a una justicia plural en sus elementos de “seguridad jurídica y legalidad”; citando al efecto los arts. 108.I, 115.II, 123, 164.II, 178.I, 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).