AUTO CONSTITUCIONAL 0296/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0296/2016-RCA

Fecha: 11-Oct-2016

improcedencia “in limine”

La citada Sala, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 303/16 de 20 de septiembre de 2016, cursante de fs. 70 a 72, declaró la improcedencia “in limine” de la acción tutelar, bajo los siguientes fundamentos: i) El accionante pretende dejar sin efecto la Sentencia 39, sin haber agotado y reclamado en el momento procesal oportuno del proceso contencioso administrativo, pues como tercero interesado tenía la oportunidad y obligación de alegar todos los aspectos que considere atentatorios a sus derechos y no así directamente a través de la presente acción de amparo constitucional, olvidando su naturaleza subsidiaria; y, ii) Conforme los antecedentes, la entidad accionante fue notificada con la demanda referida el 6 de julio de 2015 y a partir de ello tenía la oportunidad de formular su posición y hacer valer los derechos que pretende reclamar directamente ante la justicia constitucional siendo que previamente debió alegar ante el Tribunal Supremo de Justicia “…que hubiese obligado a que las autoridades judiciales emitan un pronunciamiento, el cual hubiese permitido recién a la justicia constitucional poder ingresar a analizar los derechos invocados de vulnerados en la presente demanda de amparo…” (sic).