SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2016-S2

Fecha: 28-Oct-2016

1)

Lía Cardozo Veizan Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, a través de informe cursante a fs. 18 y vta. señaló que: 1) Habiéndose fijado audiencia de medidas cautelares para el 6 de octubre de 20115 en otro proceso penal que se encontraba con detenido, se constituyó a la Clínica Rengel, debido a que el imputado se encontraba internado; y, 2) El personal de apoyo le hizo conocer que en su ausencia, se convocó las audiencias programadas para la referida fecha, informándose el motivo por el cual no estaba presente; razón por la cual, al retornar de la clínica a horas 16:30 en presencia de la parte querellante e inasistencia de los imputados y el representante del Ministerio Público, a solicitud del querellante, emitió el Auto Interlocutorio 410/2015 de 6 de octubre, declarando rebeldes a Abelardo Armando Ugarte Machicado, Rosario Marylin Illanes Patsi y Ronal Efrain Benegas Illanes, por no asistir a la audiencia señalada para la consideración de medidas cautelares, por lo que al no haber purgado la rebeldía solicita se deniegue la tutela.