Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2016-S2
Fecha: 28-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes refieren que se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la libertad y a la seguridad jurídica, toda vez que la Jueza demandada instaló la audiencia de medidas cautelares prevista para el 6 de octubre de 2015 a horas 16:30, por lo que al no encontrarse presentes los imputados emitió la Resolución 410/2015 de declaratoria de rebeldía, sin haber considerado que minutos antes se encontraban presentes en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal y que se retiraron debido a que el personal subalterno les informó que las autoridades demandadas se encontraba en la Clínica Rengel, celebrando otra audiencia de medida cautelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4)
- otorgar la oportunidad de que el Juez competente se pronuncie a la luz del art. 91 del CPP, o sea, aplicando el camino procedimental trazado por la voluntad del legislador con la finalidad de que dicha autoridad, restablezca cualquier amenaza o lesión al derecho a la libertad del imputado
- III.
- REVOCAR