SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2016

Fecha: 06-Oct-2016

Artículo 1°

Conforme se señaló en la Conclusión II.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el Concejo Municipal de Cochabamba, acreditó que mediante Ley Municipal 0138/2016 de 6 de mayo, “Ley Derogatoria del Artículo 1° y 9° num. 1), 3), 6) y 9) de la Ley 0130/2016 ‘Ley Municipal de la Plaza de Armas 14 de Septiembre’”, en su artículo único, se derogaron los preceptos impugnados en la presente acción de inconstitucionalidad.

La derogatoria de las normas impugnadas en la presente acción de inconstitucionalidad, generada a partir del órgano que las emitió, conforme se expuso en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, produce la desaparición material de la necesidad de realizar el test de constitucionalidad, dado que si bien la referida Ley Municipal en las disposiciones impugnadas, a momento de la citación al Presidente del Concejo Municipal el 27 de abril de 2016, se hallaban vigentes, fueron derogadas en el plazo señalado para la formulación de alegatos, quedando por ello sin vigencia temporal y sin efecto normativo alguno; aspecto que, impide que el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie sobre el fondo de la pretensión jurídica, cuya finalidad es la depuración del ordenamiento jurídico, correspondiendo en su efecto, declarar la improcedencia de la presente acción de inconstitucionalidad abstracta.