SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

concedió

La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 018/2016 de 20 de julio, cursante de fs. 56 a 57 vta., concedió la tutela solicitada, a pesar de haberse cumplido con la remisión de la apelación al Tribunal de alzada; bajo los siguientes fundamentos:  i) Las autoridades demandadas, emitieron Resolución 66/2016, rechazando la cesación a la detención preventiva, misma que fue apelada por la ahora accionante; sin embargo, desde esa fecha hasta la interposición de la presente acción de libertad transcurrieron ocho días hábiles y catorce días corridos sin remitirse dicha apelación; que si bien el Código de Procedimiento Penal estableció un término de veinticuatro horas para la remisión de la apelación, es posible que cuando existan situaciones que impidan el cumplimiento de este término, el Tribunal Constitucional Plurinacional estableció como un mínimo el lapso de tres días; empero, en este caso aún hubieran existido problemas de cualquier naturaleza, ha sobrepasado abundantemente ese plazo; ii) Las tres autoridades demandadas pretenden inculpar solo a la Secretaria y Auxiliar del Tribunal Segundo de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz; sin embargo, la elaboración de la resolución y la firma de esta, es de exclusiva responsabilidad de los firmantes, en este caso de los Jueces demandados; y, iii) Existió demora o dilación en la tramitación de la apelación de la Resolución ut supra de rechazo de cesación a la detención preventiva, misma que debe atribuirse a los juzgadores, por cuanto, de ellos depende controlar a su personal subalterno de manera directa y continuada.