SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

i)

De la misma forma, en audiencia señaló: i) Una vez que se dicté una resolución, y ordené que se cumplan ciertas medidas, es función administrativa de la Secretaria del indicado Tribunal, darle la celeridad que corresponda, por lo que se cumplió al establecer a la misma que saque las copias respectivas; ii) La Resolución objeto de apelación, no se encontraba en su despacho, sino en Secretaría del aludido Tribunal, situación que fue verificada por personal del Consejo de la Magistratura; por lo que, no vulneró el debido proceso; y, iii) Es en Secretaría del citado Tribunal donde se obstaculizó la remisión de la apelación, por lo tanto, la presente acción de libertad debió dirigirse contra la referida y la Auxiliar del señalado Tribunal, ya que, son actos administrativos que fueron incumplidos por la negligencia de los funcionarios subalternos.