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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2016-S1

    Fecha: 19-Oct-2016

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo
    • III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • III.4.
    • De ahí que corresponde establecer la reconducción del entendimiento a la SCP 0809/2012, que el cómputo del plazo de los seis meses de inmediatez comenzará a correr a partir de que el empleador se rehúse a cumplir la conminatoria; es decir, posteriormente a su legal notificación el empleador renuente abre la posibilidad para que el trabajador accione la vía
    • en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
    • III.6. La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación
    • En relación a la estabilidad laboral de la que gozan
    • III.7. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en parte

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