SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

‘Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectivamente”; de la misma forma, el segundo parágrafo de esta disposición garantiza su protección cuando establece:                ‘(…) nadie será privado arbitrariamente de su propiedad’.

Asimismo, tomando en cuenta que los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos, forman parte del bloque de constitucionalidad, según lo establece el art. 410.I de la CPE, se considera al derecho de propiedad como un derecho fundamental; es así que la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su art. 17.1 y 2 indica: ‘Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectivamente”; de la misma forma, el segundo parágrafo de esta disposición garantiza su protección cuando establece:                ‘(…) nadie será privado arbitrariamente de su propiedad’.