Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.4.
II.4. Cecilia Veizaga Peña, ahora accionante, por memorial de 13 de junio de 2016, solicitó control jurisdiccional, alegando la falta de la resolución conclusiva de la etapa preliminar y el no cumplimiento por parte del Fiscal de Materia a la Conminatoria realizada por el Juez de Instrucción Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, además del archivo de obrados, dejando sin efecto el mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 11 a 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.3. Subsidiariedad excepcional
- a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado
- Fragmento 17