SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2016-S1

Fecha: 19-Oct-2016

La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado

           En ese mismo sentido, la SCP de 0959/2014 de 23 de mayo, respecto a la posibilidad de tutela del debido proceso a través de la acción de libertad, señalo que: “El supuesto de procesamiento indebido disciplinario en el  art. 125 de la CPE, tratándose de medidas cautelares de carácter personal, puede  ser tutelado a través de la acción de libertad, en los casos  en los que se afecte las reglas y elementos del debido proceso, siempre y cuando cumpla con dos aspectos esenciales: a) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones   jurisdiccionales; o, la presencia  de indefensión absoluta”(las negrillas son añadidas).

           De la jurisprudencia anteriormente señalada, se colige que a efectos de la activación de la acción de libertad  para la tutela del debido proceso, se hace necesario el cumplimiento de los presupuestos antes señalados, referidos a que la vulneración señalada se encuentre relacionada de manera directa con la amenaza, restricción o supresión de la libertad física o de locomoción y el previo agotamiento de los mecanismos intraprocesales de impugnación, o la existencia de absoluto estado de indefensión.