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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1003/2016-S1

    Fecha: 21-Oct-2016

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta, y de ser evidente la lesión al derecho invocado
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
    • el Tribunal Constitucional Plurinacional, asume que existe carencia de objeto, por hecho superado, cuando entre el momento de la interposición de la acción de tutela y el momento del fallo constitucional, se satisface por completo la pretensión contenida en la demanda de amparo
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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