SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1023/2016-S1
Fecha: 21-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de su derecho a la libertad, debido a que las autoridades demandadas, declararon improcedente la apelación incidental interpuesta contra el Auto de 6 de junio de 2016, por el que el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, denegó la cesación de su detención preventiva; arguyendo indebidamente que por determinación de lo previsto por el art. 239.3 del CPP modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, no es exigible la existencia de sentencia ejecutoriada; sino, únicamente fallo condenatorio contra el imputado; y, que la jurisprudencia prevista en la SCP 0827/2013 no es aplicable al caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- ,
- o de veinticuatro (24) meses sin que se hubiera dictado sentencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14