SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1031/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes a través de su abogado, ratificaron los argumentos contenidos en el memorial de demanda tutelar; en uso de su derecho a la réplica señalaron que el Comité Electoral es la máxima instancia que administra, organiza y concluye el proceso electoral; consecuentemente, no corresponde convocar a una asamblea que nada tuvo que ver con los derechos vulnerados, por cuanto se impugnó en todo momento el proceso electoral.